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DIARIO REFLEXIVO

PRÁCTICA 6

El jefe de estudios comunica al profesor _ tutor de un grupo de alumnos, la pérdida del derecho a la evaluación continua por parte de uno de éstos. El profesor requiere información, basada en las disposiciones legales, para transmitírsela a los profesores del grupo de clase en la próxima sesión de evaluación.

 

Documentación: orden ESD 3725/2008, del 12 de diciembre

  1. ¿Qué se precisa para disfrutar del derecho a la evaluación continúa? ¿Qué motiva la perdida de tal derecho? Y ¿dónde se contempla?

La evaluación continua es un instrumento que asegura la objetividad en la evaluación del rendimiento educativo del alumnado. A ello contribuyen de manera especial la participación conjunta de todo el profesorado del alumno y la colaboración, en su caso, del equipo orientador. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumnado requiere su asistencia regular a las clases y actividades programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios. Se contempla en la documentación citada, artículo 12, apartado 1.

  1. El proceso de evaluación, ¿sólo incluye la evaluación continua? En todo caso, ¿cómo se resuelve este supuesto?

Además de ser continúa, deberá ser diferenciada según las distintas materias de cada área. Por lo que no puede perder el derecho a avaluación continúa. Para que esto ocurra, se deben definir en primer lugar los criterios de evaluación de la asignatura, para que el alumno esté informado, .y darse los casos antes comentados (no entregar actividades y no asistir al aula)

  1. ¿puede este alumno presentar algún tipo de exención a determinadas materias? En caso afirmativo, ¿quién lo autoriza?

Se puede pedir la exención de la materia de educación física, por tener simultáneamente la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento o por cursar simultáneamente estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.

 

 

 

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