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DIARIO REFLEXIVO

PRÁCTICA 9.

El equipo promotor (Comisión de coordinación pedagógica) presenta un Plan de Evaluación del Centro, referido a la evaluación del proceso de enseñanza y del Proyecto Curricular, para la última semana del mes de junio.

Un grupo de profesores se muestra disconforme con tal propuesta aduciendo que no está incluida en la programación General Anual.

 

1. ¿Está en  lo cierto  este grupo de profesores?

No, porque la evaluación surge como una necesidad de la Administración Educativa, ya que, a raíz de la promulgación de la LOGSE, la evaluación de los centros es prescriptiva y fundamental a la hora de generar la mejora constante de la calidad de la enseñanza.

El Proyecto Curricular tendrá que someterse a una revisión periódica y nunca podrá considerarse acabado y perfecto, sino que evolucionará al paso que la escuela se irá renovando constantemente.

El mismo proceso de elaboración del PCC comportará un trabajo sistemático y coordinado del equipo directivo y de los equipos de profesores, que irán profundizando y completando los diferentes apartados y aspectos del Proyecto.

La información que se necesita está relacionada con los resultados de la evaluación final del proceso de aprendizaje de los alumnos, por lo que se podría hacer para la última semana de junio.

En el marco de la autonomía que reconoce la Ley, cada centro es responsable del propio Proyecto Curricular, que puede consistir en el establecimiento y/o modificación de los objetivos generales de etapa, en la determinación de los objetivos generales y los contenidos de enseñanza de las distintas áreas, en la concreción de las opciones metodológicas y de criterios de evaluación, etc. Así podrá responder adecuadamente a las necesidades de acuerdo con las características del centro (autonomía de los centros).

 

2. ¿Cuál es la normativa aplicable?

 

En la LODE (1985), en los artículos 15 y 25, de forma discreta se plantea la autonomía de los centros educativos. La LOGSE (1990), contempla la autonomía del centro escolar en los artículos 57 y 58. La LOCE, en 2002, en el Título de los Centros Docentes, en su capítulo I de los Principios Generales, dedicaba los artículos del 67 al 70 a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica.

La LOE (2006) dedica el Título a la Participación, Autonomía y Gobierno de los Centros, y en concreto el capítulo II a la Autonomía de los Centros, del artículo 120 al 125. En sus disposiciones generales, artículo 120.1, se precisa:

- “Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las normas que la desarrollen.

- Los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto de gestión así como normas de organización y funcionamiento del centro.

- Las Administraciones educativas favorecerán la autonomía de los centros de la forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren, una vez que sean convenientemente evaluados y valorados.

- Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo…”

 

                         

3. El Plan que se presenta, ¿comporta una evaluación interna o externa?

 

Siendo aplicada desde el propio profesorado es interna.

Si mencionamos otras vías de evaluación como el Plan EVA, la evaluación es externa, pues es aplicado por la inspección para que sirva de aliciente para impulsar y mantener procesos de autoevaluación de centros docentes.

Por tanto, la respuesta es ambas.

 

4. Referencias a los elementos que debe contemplar el diseño del Plan de Evaluación del proceso de enseñanza y del proyecto Curricular.

 

En el marco de la autonomía que reconoce la Ley, cada centro es responsable de aspectos importantes del propio Proyecto Curricular, que pueden consistir en el establecimiento y/o modificación de los objetivos generales de etapa, en la determinación de los objetivos generales y los contenidos de enseñanza de las distintas áreas, en la concreción de las opciones metodológicas y de criterios de evaluación, etc. Únicamente así podrá responder adecuadamente a las necesidades educativas de los alumnos de acuerdo con las características del centro.

Los acuerdos referentes a la evaluación adoptados por los equipos de profesores e incluidos en el Proyecto Curricular, que deberán ser objeto de revisión periódica y sistemática, son los siguientes.

a. Acuerdos sobre la evaluación de los objetivos generales de etapa propios del centro La redacción de los objetivos generales de etapa ha sido una de las operaciones fundamentales del proceso de elaboración del Proyecto Curricular.

 b. Acuerdos sobre los criterios de evaluación de las distintas áreas del currículum El Proyecto Curricular de Centro incluye los criterios de evaluación de cada una de las áreas, estrechamente vinculados con los objetivos generales de etapa y con los contenidos de enseñanza del área correspondiente.


Se trata de revisar los criterios de evaluación de cada una de las áreas a partir de los resultados obtenidos de la evaluación del proceso de aprendizaje.

c. Acuerdos sobre la evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos.También se habrán explicitado en el Proyecto Curricular los acuerdos a los que ha llegado el Claustro de profesores respecto al estilo y las modalidades de evaluación, en coherencia con los objetivos establecidos y las opciones metodológicas que se hayan adoptado.

Por tanto, se trata de revisar la forma práctica en que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje y la forma de evaluar el aprendizaje de los contenidos por parte de los alumnos y el sistema de calificación adoptado en el centro.

En este contexto, también convendrá revisar la forma de obtener información sobre el progreso de los alumnos y los criterios que se aplican para seleccionar o diseñar instrumentos de evaluación, pruebas, controles, etc.

d. Acuerdos sobre la aplicación de los criterios de promoción de los alumnos .

El Proyecto Curricular incluye también los criterios que regirán la promoción de los alumnos de un ciclo al siguiente (o de un curso al siguiente en el segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato), concretando, si es preciso, los que haya establecido la administración educativa.

e. Acuerdos sobre los informes destinados a los alumnos, a sus padres y al centro

Convendrá revisar cómo ha funcionado la “forma de información” y si el equipo directivo y los diferentes equipos docentes la han asumido, evitando todo aquello que pueda significar un problema en los criterios o en la forma práctica de informar a los alumnos, a sus padres y a los órganos de gobierno del centro, sobre los resultados de la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje.

5. Estrategias para lograr en este trabajo la motivación del profesorado y alcanzar en la actividad un nivel satisfactorio de eficacia y eficiencia.

 

a) Cursos de divulgación. Son cursos institucionales, rígidos, estandarizados y descontextualizados. Se utilizan ante una nueva exigencia o novedad; sirven de publicidad y de difusión extensiva. Su incidencia en procesos de innovación es mínima por si solos.

b) Jornadas y encuentros. Nos referimos a reuniones de profesores organizadas. Se realizan para divulgar experiencias, indicar nuevas tendencias. Suele asistir el profesorado inquieto y puede servir de enganche y profundización.


 

c) Cursos de formación. Son reuniones institucionales más o menos masivas, pero dirigidas, normalmente, a colectivos seleccionados. Una particularidad de esta modalidad de formación radica en la diversidad de temáticas y colectivos a los que ha de dirigirse.

d) Cursos con proyecto de acción. Pueden considerarse concreciones o profundizaciones de 1os anteriores, constituyen cursos de formación genérica con ánimo de especializar (directores, educación especial, educación física, música, etc.), pero hay un esfuerzo por contextualizar, ya que suele haber implicación institucional, selección y compromiso personal.

e) Formación autónoma. Es fruto de la inquietud personal, se entiende como exponente de profesionalidad, vocación y voluntariedad. Suele darse en buenos profesionales, tal vez con un exceso de individualidad y protagonismo si se realiza de forma exclusiva.

La modalidad conocida como permite una variada gama de posibilidades: realizar otros estudios académicos, otras licenciaturas, tesis doctorales, perfeccionamiento en lenguas extranjeras, prórrogas de estudios, realización de proyectos de investigación, proyectos de formación, etc.

Este tipo de formación es considerada más como un derecho por parte de 1os profesores y de 1os agentes sindicales que como una modalidad fomentada desde la Administración.

f) Formación en centro sin apoyo externo. Corresponde a grupos pequeños de profesores unidos por criterios afectivos y profesionales que, conjuntamente, se plantean nuevas soluciones a 1os problemas cotidianos normalmente relacionados con la elaboración de materiales y 1os aspectos mis prácticos del trabajo docente.

h) Intercambios y estancias formativas. Esta modalidad formativa permite vivir nuevas situaciones profesionales. La experiencia será tanto más rica cuanto mayor sea el nivel de inmersión y la duración del período.

Esta modalidad está indicada especialmente para desarrollar competencias específicas, como pueden ser las lingüísticas en el caso de profesores de lenguas extranjeras, o para poner en prácticas proyectos o formas de organización vinculados a la formación tecnológica en ciertas especialidades de Formación Profesional, etc. Este tipo de formación suele estar conectada con programas emanados de la política educativa regulada por la Unión Europea.

i) Investigación autónoma en 1os centros. Si se habla realmente de investigación, entendemos que es enfocar el problema con planteamientos científicos. Los responsables de la investigación son 1os propios profesores o el centro.

j) Investigación con colaboración y apoyo de entidades educativas. Con características muy similares al apartado anterior. En este caso se cuenta con apoyos formales de instituciones educativas (fundaciones, ICE, universidades, etc.), de forma que las experiencias innovadoras quedan vinculadas a convenios y ayudas oficiales concedidas a través de agencias de investigación.


 

 

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